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Cambios de Medi-Cal en 2026 y 2027: Elegibilidad, Bienes y Cobertura

Última actualización: 17 de octubre de 2026

California implementó varios cambios importantes en Medi-Cal durante 2026 y tiene programados cambios adicionales para 2027.

Algunas reglas afectan quién puede inscribirse por primera vez en Medi-Cal de cobertura completa. Otras afectan los límites de bienes, la elegibilidad según el estatus migratorio, los beneficios dentales y la manera en que ciertos miembros reciben atención médica.

También hay cambios programados relacionados con la transición a Fee-for-Service y el pago de primas mensuales para determinados miembros.

No todos los cambios se aplican a todas las personas que tienen Medi-Cal.

Resumen importante:

Desde el 1 de enero de 2026, algunos adultos ya no pueden inscribirse por primera vez en Medi-Cal de cobertura completa debido a su estatus migratorio.

Muchas personas que ya tenían cobertura pueden conservarla si siguen siendo elegibles y completan sus renovaciones a tiempo.

En 2027 están programados cambios adicionales en los límites de bienes, los beneficios dentales, la forma de recibir atención médica y las primas mensuales para algunos miembros.

1. Nuevas restricciones de inscripción para algunos adultos inmigrantes

Desde el 1 de enero de 2026, algunos adultos de 19 años o más ya no pueden inscribirse por primera vez en Medi-Cal de cobertura completa debido a su estatus migratorio.

Esta regla afecta principalmente a ciertos adultos que no cumplen los requisitos migratorios para recibir Medi-Cal de cobertura completa financiado por el gobierno federal y que anteriormente podían calificar mediante programas financiados por California.

Importante:

Esto no significa que todas las personas inmigrantes perdieron Medi-Cal en 2026. El cambio afecta principalmente las nuevas inscripciones de determinados adultos.

2. ¿Quién puede mantener Medi-Cal?

Las personas que ya estaban inscritas en una categoría de Medi-Cal de cobertura completa protegida por las reglas de continuidad pueden seguir recibiendo cobertura si continúan siendo elegibles.

Para evitar interrupciones innecesarias, es importante:

  • Completar la renovación cuando corresponda.
  • Responder a las solicitudes de información del condado.
  • Mantener actualizada su dirección y teléfono.
  • Informar los cambios que deba reportar.
  • Revisar cuidadosamente cualquier Notice of Action.
No ignore su renovación.

Para algunas personas afectadas por las nuevas reglas migratorias, perder la cobertura por no completar una renovación puede dificultar su restablecimiento.

3. Hay un período de gracia en algunas situaciones

DHCS explica que algunas personas afectadas por la restricción de inscripción pueden tener un plazo limitado para recuperar Medi-Cal de cobertura completa después de una terminación.

En determinadas circunstancias, puede existir un período de gracia de tres meses relacionado con la fecha de terminación indicada en el aviso del condado.

Este período no se aplica automáticamente a todos los casos.

Si su cobertura termina, comuníquese con la oficina de Medi-Cal de su condado lo antes posible para preguntar si puede recuperar sus beneficios.

4. Los niños no están sujetos a la misma restricción

Las reglas de Medi-Cal son diferentes para los niños.

Los menores de 19 años pueden continuar calificando para Medi-Cal de cobertura completa independientemente de su estatus migratorio, siempre que cumplan los demás requisitos aplicables.

No asuma que toda la familia pierde Medi-Cal.

Es posible que un adulto no pueda inscribirse bajo determinadas reglas mientras que sus hijos sí puedan calificar para la cobertura completa.

5. El embarazo tiene protecciones especiales

Las personas embarazadas también tienen reglas especiales de elegibilidad.

DHCS indica que una persona embarazada puede recibir Medi-Cal de cobertura completa durante el embarazo y generalmente durante un año después de que termine el embarazo, siempre que cumpla los demás requisitos aplicables.

Estas protecciones pueden aplicarse independientemente del estatus migratorio.

Los jóvenes que estuvieron en cuidado de crianza (foster care) y que cumplen los requisitos de determinadas categorías también pueden tener protecciones especiales hasta los 26 años.

6. Medi-Cal volvió a contar bienes para algunas personas en 2026

Otro cambio importante comenzó el 1 de enero de 2026.

California volvió a considerar los bienes o recursos económicos para ciertas categorías de elegibilidad de Medi-Cal.

Esto puede afectar a personas que:

  • Tienen 65 años o más.
  • Tienen una discapacidad.
  • Viven en un centro de atención de enfermería.
  • Califican bajo determinadas categorías que no utilizan las reglas MAGI.
Importante:

No todas las personas que reciben Medi-Cal están sujetas a una prueba de bienes. El requisito depende de la categoría de elegibilidad.

7. ¿Cuál es el límite de bienes en 2026?

Hasta el 30 de junio de 2027, el límite general de bienes contables para las categorías afectadas es:

Una persona: $130,000

Cada persona adicional que califique: $65,000 adicionales, conforme a las reglas aplicables y hasta el límite correspondiente a un hogar de diez personas.

No todos los bienes se cuentan para determinar la elegibilidad.

Algunas parejas casadas y parejas domésticas registradas pueden tener protecciones adicionales bajo reglas especiales, como las disposiciones para prevenir el empobrecimiento del cónyuge.

8. ¿Qué tipos de bienes pueden contar?

Los bienes que pueden incluirse en el cálculo son:

  • Dinero en cuentas bancarias.
  • Efectivo.
  • Segundos vehículos.
  • Segundas propiedades u otros bienes inmuebles.
  • Otros recursos financieros sujetos a las reglas de Medi-Cal.

Entre los bienes que generalmente pueden estar excluidos se encuentran:

  • La vivienda principal donde vive.
  • Un vehículo principal.
  • Muebles y pertenencias personales.
  • Ciertos fondos de jubilación, cuando cumplen las condiciones aplicables.
Precaución:

No transfiera ni regale bienes solamente para intentar calificar para Medi-Cal sin comprender las reglas. Las transferencias pueden tener consecuencias, especialmente cuando se trata de atención a largo plazo.

9. Las reglas de ingresos no desaparecieron

Aunque el límite de bienes regresó para determinadas categorías, Medi-Cal sigue considerando los ingresos al determinar la elegibilidad.

Para muchos adultos evaluados bajo MAGI Medi-Cal, el ingreso continúa siendo uno de los factores principales.

El límite de ingresos depende del tamaño del hogar, la edad y la categoría de Medi-Cal.

Por eso, una persona no debe determinar su elegibilidad solamente comparando sus ingresos o bienes con una cifra general.

10. Los cambios dentales fueron retrasados hasta julio de 2027

Inicialmente, algunos cambios en los beneficios dentales de Medi-Cal estaban programados para el 1 de julio de 2026.

Sin embargo, DHCS retrasó la fecha de implementación.

Fecha programada:

Los cambios en la cobertura dental para determinados adultos comenzarán el 1 de julio de 2027, según el calendario actual.

La nueva regla afectará a ciertos adultos de 19 años o más que no califican para Medi-Cal de cobertura completa financiado por el gobierno federal debido a su estatus migratorio.

Para los miembros afectados, Medi-Cal dejará de cubrir determinados servicios dentales regulares, pero continuará cubriendo servicios dentales de emergencia que cumplan los requisitos.

Quienes solicitaron Medi-Cal antes del 1 de enero de 2026 y cumplen las condiciones correspondientes generalmente podrán seguir utilizando sus beneficios dentales completos hasta el 30 de junio de 2027.

11. ¿Quién está protegido de ciertos cambios dentales?

DHCS señala que determinadas personas conservarán sus beneficios dentales completos si continúan siendo elegibles.

  • Niños menores de 19 años.
  • Personas embarazadas.
  • Personas dentro del año posterior al embarazo.
  • Ciertos jóvenes y ex jóvenes menores de 26 años que estaban en cuidado de crianza al cumplir 18 años.

Las reglas exactas dependen de la edad, el estatus migratorio y la categoría de Medi-Cal.

Los servicios dentales de emergencia también seguirán disponibles para los adultos afectados, conforme a las reglas de cobertura.

12. Muchos miembros podrán seguir utilizando sus beneficios habituales

Los cambios de Medi-Cal no afectan a todas las personas de la misma manera.

Muchos miembros seguirán teniendo acceso a los servicios cubiertos por su categoría de Medi-Cal.

Dependiendo de su cobertura, estos servicios pueden incluir:

  • Visitas al médico.
  • Atención hospitalaria.
  • Medicamentos recetados.
  • Servicios de salud mental.
  • Atención preventiva.
  • Transporte médico cubierto.
  • Servicios de visión.
  • Beneficios dentales cubiertos.

Sin embargo, algunos miembros pueden experimentar cambios en sus beneficios o en la manera de recibir atención durante 2027.

Por eso es importante revisar cualquier aviso que reciba de DHCS, de su plan de salud o del condado.

13. Cambios en la clasificación del estatus migratorio desde octubre de 2026

A partir del 1 de octubre de 2026, el gobierno federal modificó la forma en que clasifica ciertos estatus migratorios para determinar la elegibilidad relacionada con los fondos federales de Medicaid.

Este cambio puede afectar a algunas personas que anteriormente calificaban para Medi-Cal de cobertura completa financiado por el gobierno federal.

Entre los grupos que podrían verse afectados se encuentran ciertas personas que son:

  • Refugiados o personas que recibieron asilo.
  • Beneficiarios de permiso humanitario de ingreso (humanitarian parole).
  • Sobrevivientes de violencia doméstica o trata de personas con determinados casos migratorios pendientes.
  • Personas incluidas en otras categorías afectadas por los nuevos requisitos federales.
Importante:

Un cambio en la clasificación migratoria no significa necesariamente que una persona pierda todos sus beneficios de Medi-Cal de inmediato.

En ciertos casos, California puede continuar proporcionando cobertura financiada con fondos estatales. También pueden producirse cambios posteriores en la forma de recibir atención o en los beneficios disponibles.

Las consecuencias específicas dependen del estatus migratorio, la categoría de Medi-Cal y otras circunstancias.

Si recibe un aviso relacionado con su estatus migratorio, consulte a la oficina de Medi-Cal de su condado para entender cómo afecta su cobertura.

14. Algunos miembros pasarán a Medi-Cal Fee-for-Service en enero de 2027

A partir del 1 de enero de 2027, ciertos miembros de Medi-Cal dejarán de recibir atención a través de un plan de salud administrado y pasarán a Fee-for-Service (FFS) Medi-Cal.

Según DHCS, este cambio afectará a determinados miembros que no cumplen ciertos requisitos migratorios federales, entre ellos:

  • Personas indocumentadas.
  • Algunos residentes permanentes legales que todavía están sujetos al período federal de espera de cinco años.
  • Personas que pertenecen a determinadas categorías PRUCOL.

La transición puede aplicarse también a niños y personas embarazadas que se encuentran en esas categorías migratorias.

Muy importante:

Pasar a Fee-for-Service no significa que automáticamente perderá Medi-Cal. El cambio afecta principalmente la manera de recibir los servicios médicos y cómo el programa paga a los proveedores.

¿Qué es Fee-for-Service Medi-Cal?

Fee-for-Service es una forma de proporcionar servicios médicos en la que California paga directamente a los proveedores que aceptan Medi-Cal FFS por los servicios cubiertos.

En lugar de utilizar la red de un plan de salud administrado, los miembros afectados podrán elegir médicos o clínicas que acepten Medi-Cal Fee-for-Service.

Fee-for-Service no significa que usted tenga que pagar personalmente todos sus servicios médicos.

¿Qué debe hacer antes de enero de 2027?

  • Revise los avisos de DHCS y de su plan actual.
  • Pregunte a su médico si acepta Medi-Cal Fee-for-Service.
  • Confirme sus citas con especialistas.
  • Pregunte cómo se manejarán los tratamientos y las autorizaciones existentes.
  • Revise cómo continuará obteniendo sus medicamentos a través de Medi-Cal Rx.
  • Conserve y utilice su tarjeta Medi-Cal Benefits Identification Card (BIC).

Algunos servicios ofrecidos por los planes administrados, como Enhanced Care Management (ECM) y Community Supports, no estarán disponibles de la misma manera bajo Fee-for-Service.

Las personas inscritas en PACE generalmente permanecerán en PACE y no pasarán a Fee-for-Service debido a esta transición.

Los miembros que tienen Medicare y Medi-Cal deben revisar también los avisos relacionados con sus planes y beneficios de Medicare.

15. Primas mensuales para ciertos miembros desde julio de 2027

A partir del 1 de julio de 2027, algunos miembros tendrán que pagar una prima mensual para mantener Medi-Cal de cobertura completa.

Esta regla está relacionada con determinadas categorías de estatus migratorio y elegibilidad.

No todos los miembros de Medi-Cal tendrán que pagar una prima mensual.

Según la información publicada por DHCS, algunas personas pueden estar exentas, incluyendo:

  • Personas embarazadas y durante el período de un año después del embarazo.
  • Ciertos ex jóvenes del sistema de cuidado de crianza menores de 26 años.
  • Niños y otros miembros que no están sujetos a la prima bajo su categoría de elegibilidad.
  • Determinados adultos de 60 años o más según las reglas aplicables.
Importante:

Si una persona está obligada a pagar una prima y no realiza los pagos requeridos, su cobertura completa puede cambiar a Medi-Cal de alcance restringido. Antes de julio de 2027, consulte los avisos oficiales para conocer el monto, las exenciones y las instrucciones de pago.

Para saber si este cambio se aplicará a usted, consulte la tabla oficial de DHCS sobre estatus migratorio y cambios de Medi-Cal.

¿Qué debe hacer si ya tiene Medi-Cal?

✓ Abra y lea todas las cartas de Medi-Cal.

✓ Complete su renovación a tiempo.

✓ Envíe los documentos solicitados.

✓ Mantenga su dirección actualizada con el condado.

✓ Revise cualquier Notice of Action.

✓ Pregunte a su médico si acepta Fee-for-Service cuando corresponda.

✓ Llame al condado si no entiende por qué cambió su cobertura.

¿Qué debe hacer si su Medi-Cal terminó?

No asuma inmediatamente que ya no puede recibir ninguna cobertura.

Primero averigüe:

  • Por qué terminó Medi-Cal.
  • Cuál fue la fecha exacta de terminación.
  • Si faltaba algún documento.
  • Si su renovación fue procesada.
  • Si existe un período para restablecer la cobertura.
  • Qué categoría de Medi-Cal puede estar disponible ahora.
Guarde su Notice of Action.

Este aviso puede explicar por qué cambió o terminó su Medi-Cal, los plazos para responder y los derechos de apelación que puedan corresponderle.

Resumen rápido de los cambios de Medi-Cal en 2026 y 2027

Cambio Qué debe saber
Nueva inscripción de ciertos adultos Restricciones desde el 1 de enero de 2026.
Miembros que ya tienen cobertura Muchos pueden continuar si mantienen su elegibilidad y renuevan a tiempo.
Prueba de bienes Regresó para determinadas categorías el 1 de enero de 2026.
Límite de bienes Generalmente $130,000 para una persona hasta junio de 2027; se programan límites menores desde julio de 2027.
Estatus migratorio Cambios federales en determinadas clasificaciones desde octubre de 2026.
Fee-for-Service Transición programada para ciertos miembros el 1 de enero de 2027.
Beneficios dentales Determinados cambios fueron retrasados al 1 de julio de 2027.
Primas mensuales Se aplicarán a determinados miembros desde julio de 2027, según las reglas programadas.
Renovación Sigue siendo esencial para mantener la cobertura.

Conclusión

Los cambios de Medi-Cal de 2026 y 2027 no significan que todos los miembros vayan a perder su cobertura.

Los efectos dependen de la edad, el estatus migratorio, la categoría de Medi-Cal, los bienes y otras circunstancias personales.

Es importante distinguir entre una pérdida de elegibilidad y un cambio en la manera de recibir atención médica.

Si ya tiene Medi-Cal, complete su renovación a tiempo, mantenga actualizada su información y no ignore las cartas del condado.

Si recibe un aviso de que su cobertura cambiará o terminará, revise la razón específica antes de asumir que ya no califica.

Fuentes oficiales y recursos

Esta guía se basa en información publicada por el California Department of Health Care Services (DHCS). Las reglas programadas para 2027 pueden actualizarse antes de su implementación.

Aviso legal:

Este sitio web proporciona información general sobre los programas de beneficios públicos de California y tiene únicamente fines informativos. No está afiliado ni respaldado por ninguna agencia gubernamental y no proporciona asesoramiento legal, médico ni profesional. Las reglas del programa, los requisitos de elegibilidad, los beneficios y los procedimientos pueden cambiar. Para obtener la información más actualizada y orientación sobre su situación particular, comuníquese directamente con la agencia gubernamental, la oficina del condado, el plan de salud o la entidad administradora del programa correspondiente.